Detras de cada accidentado
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Le acompañamos
durante todo el proceso
Detras de cada accidentado hay una persona
Le acompañamos durante todo el proceso
En este post podrás conocer las claves para que su indemnización por accidente de tráfico sea lo más justa y favorable para usted.
Contenido
¿Qué requisitos debo cumplir para obtener una indemnización por accidente de tráfico?
- Existencia de siniestro de culpa contraria.
- Intensidad del impacto y compatibilidad con las lesiones sufridas.
- Documentación clara sobre la culpa del siniestro, atestado, DAA, etc.…
- Disponer de un parte de lesiones dentro de las primeras 72 horas tras el accidente.
- Acudir a un centro médico PRO-VÍCTIMA dentro de los primeros 15 días tras sufrir el accidente. (existen excepciones)
- Realización de tratamiento médico pautado.
- Documentar y valorar las lesiones al alta médica para determinar su indemnización por accidente de tráfico.
- En caso de sufrir secuelas, documentar con prueba diagnóstica e informes médicos.
- Reclamación de indemnización por accidente de tráfico formal ante la aseguradora responsable según ley 35/2015.
1. Existencia de siniestro de culpa contraria y documentación clara de culpa contraria
Para que un lesionado pueda cobrar una indemnización por accidente de tráfico, es necesario poder probar la existencia del siniestro, por ello, siempre recomendamos que llame a las autoridades oportunas y puedan hacer atestado o informe policial, recabaran toda la información necesaria y evitará problemas de cara a posibles versiones diferentes de la parte contraria.
2. Criterio de intensidad y compatibilidad en indemnización por accidente de tráfico
La ley 35/2015 habla muy claro sobre este asunto y debe cumplirse para poder recibir una indemnización por accidente de tráfico.
Exclusión: Que la lesión provenga del accidente.
Cronológico: Que disponga de un parte de lesiones dentro de las primeras 72h, pasado ese tiempo, negarán cualquier pago de indemnización por accidente de tráfico.
Topográfico: Relación entre la zonal del cuerpo afectada y la lesión sufrida.
Intensidad: relación entre la intensidad del accidente y las lesiones.
Por ejemplo, Si el accidente apenas presenta daños materiales o la factura de reparación es muy baja, y las lesiones que se reclaman son elevadas, es posible que exista falta de nexo de intensidad al no relacionar el impacto sufrido con las lesiones reclamadas.
3. ¿Es necesario acudir a un centro médico PRO-VÍCTIMA para obtener indemnización por accidente de tráfico?
Este punto es muy importante, las aseguradoras, nada más sufrir el siniestro suelen tratar de derivar a sus lesionados a sus propias clínicas médicas y de rehabilitación, ¿cuál es el problema? Pues muy sencillo, las aseguradoras tienen convenios entre sí para que los tratamientos sean mínimos y por tanto minorizar la importancia de la lesión y por consecuente, una indemnización por accidente de tráfico muy inferior a la que quizás pudiera esperar.
Por este motivo, siempre recomendamos acudir a centros médicos sin vinculación con las entidades aseguradoras pero que cumplan con los requisitos para recibir accidentados de tráfico. Son lo que nosotros llamamos Clínicas PRO-VÍCTIMA.
Estos centros médicos No le cobrarán nada, siempre y cuando la primera consulta se realice dentro de los primeros 15 días tras la ocurrencia del siniestro ya que la clínica se lo facturará directamente a la aseguradora. Siempre existen excepciones que se pueden ver más concretamente, pero la regla general son 15 días.
De este modo, se asegura un tratamiento más favorable para usted, sin tener en cuenta los intereses de las aseguradoras o incluso las mutuas de trabajo que buscan un alta temprana.
4. ¿Debo de realizar tratamiento para recibir una indemnización por accidente de tráfico?
La respuesta es que debe de seguir las pautas médicas que le han dado. Habitualmente, se suele aplicar tratamiento de rehabilitación, la fisioterapia deberá siempre de ir pautada por un facultativo médico y deben de realizarse por lo menos 3 sesiones semanales, evidentemente, siempre existen excepciones.
El tratamiento farmacológico no se considera tratamiento como tal, quizás sí unos días según la apreciación que se pueda tener, pero debe de ir apoyado por un tratamiento rehabilitador.
5. ¿Cómo documento y valoro las lesiones sufridas?
Una vez haya recibido el alta médica o estabilización de las lesiones, hay que valorarlas conforme a los criterios de valoración establecidos en la Ley 35/2015, este encargo, normalmente lo hace un perito médico o un forense judicial ya que son quienes tienen potestad para valorar secuelas y perjuicios sufridos.
La documentación que debe de aportar para valorar las lesiones es:
- Informe de urgencias o parte de lesiones inicial.
- Informe evolutivo desde la primera consulta hasta la finalización del tratamiento.
- Ficha detallada de las sesiones de rehabilitación realizadas.
- Partes de baja y alta laboral en el caso de que haya tenido que cogerla.
- Informes de pruebas diagnósticas realizadas, resonancias, radiografías, etc.…
Estas valoraciones periciales se harán en base a la documental médica que se aporte y a la exploración médica en caso de que precise de ella.
De dicha valoración de daño corporal obtendremos la siguiente información para calcular su indmenización por accidente de tráfico.
- Perjuicio personal muy grave, grave, moderado o básico.
- Secuelas funcionales y estéticas.
- Daño moral por pérdida de calidad de vida.
Con ello ya se podrá cuantificar en base al baremo de accidentes de tráfico publicado cada año con las cantidades actualizadas.
6. ¿Tengo que reclamar la indemnización por accidente de tráfico a la aseguradora?
Si, además debe de hacerse lo antes posible tras el alta médica o estabilización, el motivo es porque lo que al perjudicado le interesa es que se realice una oferta motivada en base a la documentación y reclamación realizada, no en base a lo que a la aseguradora le interese, por ese motivo debe de realizarse cuanto antes.
¿Y si no presento reclamación?
Si no se hace la reclamación formal conforme a lo estipulado en ley la aseguradora puede emitir una oferta al perjudicado, y si posteriormente no está de acuerdo, no lo podrá apenas rebatir, es más no tienen ni obligación de contestar a esos requerimientos.
¿Qué Conclusiones sacamos para tramitar una indemnización por accidente de tráfico?
Siempre es conveniente que acuda a un despacho especializado que no sea de la propia aseguradora, de este modo, se garantiza una independencia. Cuando la aseguradora le comenta que le ponen un abogado propio para defender sus intereses, realmente lo que están haciendo es defender los intereses de las propias aseguradoras, tenga en cuenta que igual que en este caso su aseguradora a tenido un siniestro frente a la contraria, también existen cientos por no decir miles contra su propia aseguradora.
Acuda a centros médicos PRO-VÍCTIMA, y asegúrese de que el tratamiento sea lo más favorable para usted, documéntelo y formalice una reclamación tras el alta.
Debe de saber que las aseguradoras, no tratan del mismo modo cuando el lesionado está siendo representado por un despacho especializado que cuando lo hacen a través del propio particular. El conocimiento de plazos, leyes, y demás normas en materia de indemnización por accidente de tráfico no está a la orden del día, claro está que no se sufre un accidente todos los días.
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